
El descanso para los trabajadores del comercio comienza a las 21:00 horas de este jueves 30 de abril. Las multas por incumplimiento pueden llegar a las 20 UTM por cada trabajador afectado.
ECONOMÍA / LABORAL.– Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la ley, la Dirección del Trabajo (DT) confirmó el despliegue de un programa nacional de fiscalización para este viernes 1 de mayo, con motivo del Día Internacional de los Trabajadores. Al ser uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables del año, el comercio deberá ajustar sus horarios de cierre de manera estricta.
La normativa establece que el descanso debe iniciarse, a más tardar, a las 21:00 horas del jueves 30 de abril y se extenderá hasta las 06:00 horas del sábado 2 de mayo.
¿Quiénes deben cerrar?
La Seremi del Trabajo, Andrea Barrera, recordó que este beneficio es para todos los trabajadores del comercio, con excepciones muy específicas (como farmacias de turno, bencineras o locales de entretenimiento).
“La ley es clara: los trabajadores deben iniciar su descanso a las 21:00 horas del día anterior. Es un derecho laboral que debe ser respetado y llamamos a los empleadores a organizar sus turnos con anticipación”, señaló la autoridad.
Multas y sanciones
La DT advirtió que no se limitarán solo a cursar multas, sino que, en caso de detectar trabajadores cumpliendo funciones en locales no exceptuados, se procederá a la suspensión inmediata de las actividades del recinto. Las sanciones económicas varían según el tamaño de la empresa:
- Multas: Pueden alcanzar hasta las 20 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) por cada trabajador en infracción.
- Descanso bianual: También se fiscalizará que se respete el descanso de aquellos trabajadores que, por excepción, trabajaron el 1 de mayo del año anterior.
Canales de denuncia
Para asegurar el cumplimiento, la autoridad habilitó canales para que los propios trabajadores o la ciudadanía reporten irregularidades:
- Sitio web: www.direcciondeltrabajo.cl
- Teléfono: 600 450 4000
Dato clave: Los negocios de barrio que son atendidos directamente por sus dueños o familiares directos (donde no existe una relación laboral contratada) pueden funcionar sin inconvenientes durante toda la jornada del viernes.