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Todo lo que debes saber: Dirección del Trabajo anuncia fiscalizaciones por feriado irrenunciable del 1 de mayo

por Radio Riquelme Coquimbo
Abril 30, 2026
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El descanso para los trabajadores del comercio comienza a las 21:00 horas de este jueves 30 de abril. Las multas por incumplimiento pueden llegar a las 20 UTM por cada trabajador afectado.

ECONOMÍA / LABORAL.– Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la ley, la Dirección del Trabajo (DT) confirmó el despliegue de un programa nacional de fiscalización para este viernes 1 de mayo, con motivo del Día Internacional de los Trabajadores. Al ser uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables del año, el comercio deberá ajustar sus horarios de cierre de manera estricta.

La normativa establece que el descanso debe iniciarse, a más tardar, a las 21:00 horas del jueves 30 de abril y se extenderá hasta las 06:00 horas del sábado 2 de mayo.

¿Quiénes deben cerrar?

La Seremi del Trabajo, Andrea Barrera, recordó que este beneficio es para todos los trabajadores del comercio, con excepciones muy específicas (como farmacias de turno, bencineras o locales de entretenimiento).

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“La ley es clara: los trabajadores deben iniciar su descanso a las 21:00 horas del día anterior. Es un derecho laboral que debe ser respetado y llamamos a los empleadores a organizar sus turnos con anticipación”, señaló la autoridad.

Multas y sanciones

La DT advirtió que no se limitarán solo a cursar multas, sino que, en caso de detectar trabajadores cumpliendo funciones en locales no exceptuados, se procederá a la suspensión inmediata de las actividades del recinto. Las sanciones económicas varían según el tamaño de la empresa:

  • Multas: Pueden alcanzar hasta las 20 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) por cada trabajador en infracción.
  • Descanso bianual: También se fiscalizará que se respete el descanso de aquellos trabajadores que, por excepción, trabajaron el 1 de mayo del año anterior.

Canales de denuncia

Para asegurar el cumplimiento, la autoridad habilitó canales para que los propios trabajadores o la ciudadanía reporten irregularidades:

  • Sitio web: www.direcciondeltrabajo.cl
  • Teléfono: 600 450 4000

Dato clave: Los negocios de barrio que son atendidos directamente por sus dueños o familiares directos (donde no existe una relación laboral contratada) pueden funcionar sin inconvenientes durante toda la jornada del viernes.


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