
La Corte de Apelaciones de Antofagasta dejó sin efecto todo lo actuado en el procedimiento de cumplimiento incidental dictado por el Primer Tribunal Ambiental en el marco del proyecto minero-portuario Dominga, al estimar que dicho mecanismo fue aplicado de manera improcedente.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Dinko Franulic, Eric Sepúlveda y Jaime Mundaca— determinó que la resolución emitida en febrero de 2025 por el Primer Tribunal Ambiental no corresponde a una sentencia susceptible de ejecución, conforme a lo establecido por la ley.
El fallo sostiene que, según los artículos 174 y 175 del Código de Procedimiento Civil, solo pueden ejecutarse sentencias definitivas o interlocutorias firmes que reconozcan un derecho a favor de alguna de las partes, condición que no se cumple en este caso. La Corte subrayó que la resolución cuestionada no otorgó derechos a ninguno de los intervinientes ni resolvió el fondo del conflicto.
En concreto, el tribunal explicó que la sentencia del Primer Tribunal Ambiental no confirmó ni revocó la decisión del Comité de Ministros respecto del proyecto, sino que únicamente anuló esa determinación y ordenó que el órgano administrativo emitiera un nuevo pronunciamiento. Por ello, no puso término a la instancia ni resolvió de manera definitiva la controversia.
Debido a este vicio procesal, la Corte de Apelaciones resolvió anular todo lo obrado en la causa rol R-95-2023 y declaró improcedente la aplicación del procedimiento de cumplimiento incidental.
El contexto
Esta decisión se produce después de que la Corte Suprema declarara inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por el Ejecutivo —a través del Servicio de Evaluación Ambiental— y por organizaciones ambientalistas.
En esa oportunidad, la Tercera Sala del máximo tribunal concluyó que no existía una sentencia definitiva que pudiera ser revisada, ya que el fallo impugnado no resolvió el fondo del asunto ni puso término al proceso, limitándose a invalidar la decisión del Comité de Ministros y ordenar un nuevo pronunciamiento.
Con esta nueva resolución, el proceso judicial en torno al proyecto Dominga vuelve a un escenario de indefinición, prolongando un conflicto que se ha extendido por años en el sistema de evaluación ambiental chileno.