El Segundo Juzgado de Letras de La Serena condenó a la empresa ADT Security Services S.A. a pagar a la aseguradora Reale Chile Seguros Generales S.A. la suma de 2.039,23 UF, monto correspondiente a la indemnización cancelada a la empresa PC Factory S.A. tras el robo que afectó a uno de sus locales comerciales, ubicado en el centro de la ciudad.
El recinto contaba con sistemas de monitoreo y sensores de movimiento; sin embargo, el tribunal estableció que la empresa de seguridad incurrió en un incumplimiento de sus obligaciones contractuales al no activar las alarmas antirrobo durante el ilícito.
En el fallo, la magistrada Ghislaine Landarretche Sotomayor acogió la demanda, señalando que, si bien los servicios prestados por ADT tienen un carácter preventivo y disuasivo, la empresa tenía la obligación de alertar a la central ante la presencia de terceros en el local monitoreado.
La resolución detalla que, según el Informe de Liquidación emitido por Graham Miller, fueron las cámaras de video y sensores de movimiento del sistema interno de seguridad de PC Factory —monitoreado por la empresa PG Security SpA— los que reportaron la desconexión del sistema el 31 de agosto de 2024, alertando a Carabineros. En contraste, el sistema de alarmas provisto por ADT no se activó al ingreso de los antisociales ni emitió alerta alguna tras la destrucción de la caja de alarma.
El tribunal agregó que, una vez verificada la caída total del sistema de monitoreo, ADT Security Services S.A. tenía la obligación de activar el protocolo correspondiente y emitir una señal de alerta, lo que no ocurrió. Este incumplimiento vulneró la cláusula segunda del contrato suscrito el 23 de mayo de 2017, que califica este tipo de situaciones como una “condición de emergencia”.
Por lo anterior, el tribunal resolvió acoger la demanda, con costas, interpuesta el 20 de marzo de 2025, condenando a ADT Security Services S.A. a pagar a Reale Chile Seguros Generales S.A. —entidad que se subrogó en los derechos de su asegurado, Personal Computer Factory S.A.— la suma de 2.039,23 UF, más reajustes e intereses, contados desde la fecha de la sentencia y hasta su pago efectivo.
