La Serena, 3 de julio de 2025.– La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación del Ministerio Público, confirmando así el fallo que condena al organismo persecutor al pago de $15.870.488 por concepto de daño moral, tras comprobarse acoso laboral contra una funcionaria con contrato vigente en la Fiscalía Regional de Coquimbo.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Iván Corona Albornoz, Carlos Jorquera Peñaloza y la abogada (i) Carolina Salas Salazar– descartó que existieran infracciones legales en la sentencia original, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, la cual fue ratificada en todas sus partes.
La resolución judicial también ordena al Ministerio Público implementar una capacitación obligatoria para todo su personal, enfocada en clima laboral y prevención del acoso laboral, medida que busca prevenir nuevos episodios de este tipo dentro del organismo.
“Existió una afectación de derechos fundamentales a propósito de los actos ocurridos con ocasión de la calificación de desempeño de la trabajadora correspondiente al año 2022”, señala la sentencia, subrayando la existencia de indicios suficientes para acreditar el acoso denunciado.
El tribunal concluyó que el recurso presentado por el CDE intentaba una nueva evaluación de pruebas ya ponderadas por el juez de primera instancia, lo que, según el fallo, corresponde a un recurso de apelación y no a un recurso de nulidad, que es de derecho estricto.
“No aparece del mérito de los antecedentes alguna infracción de ley en la forma propuesta por el recurrente”, concluye el texto, agregando que el procedimiento en su conjunto se ajustó a derecho.
La sentencia representa un precedente importante en materia de protección de derechos laborales dentro del Estado, y fortalece la exigencia institucional de contar con entornos laborales seguros, libres de hostigamiento y con mecanismos efectivos de prevención y reparación.