De acuerdo a la ley, los electores que no sufrirán las multas por no cumplir con su obligación son aquellos presenten uno de los siguientes motivos:
- Enfermedad
- Ausencia del país
- Estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral registrado el día del plebiscito,
- Cualquier otro impedimento grave, que esté debidamente comprobado ante un juez competente.
CÓMO EXCUSARSE PARA NO VOTAR
Si una persona cumple con alguno de los motivos señalados anteriormente, deberá presentar su justificación en el Juzgado de Policía Local respectivo una vez que sea citada para pagar la multa, lo que se vería reflejado dentro del plazo de un año.
En caso de que se encuentre a más de 200 kilómetros de distancia del local de votación, se debe dejar una constancia presencial en una comisaría o en la Comisaría Virtual (con ClaveÚnica) de Carabineros, que deberá ser presentada cuando la persona sea citada.
De todas formas, si una persona hace el trámite en la Comisaría Virtual, posteriormente deberá validarlo presencialmente en una comisaría, con un código de validación y el carnet de identidad.
En tanto, quienes se encuentren fuera del país podrán presentar al Juzgado de Policía Local, mediante un apoderado o por correo electrónico, las pruebas que acrediten que el día de la elección no estaban en terreno nacional.