El uso de la bandera nacional es obligatorio los días 18 y 19 de septiembre. No cumplir con esta norma puede significar sanciones que van desde 1 a 5 UTM. Conoce aquí la forma correcta de izarla.
Con la llegada de septiembre, mes de la Patria, una de las tradiciones más representativas es la instalación de la bandera nacional en casas, edificios y espacios públicos. Aunque su uso está permitido durante todo el año, existen días en que es obligatorio izarla: el 18 y 19 de septiembre.
Quienes no cumplan con esta disposición arriesgan multas que van entre 1 y 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). La fiscalización corresponde a Carabineros de Chile.
La forma correcta de izar la bandera
La normativa establece que la bandera debe instalarse en un mástil de color blanco, extendida hasta el tope y con la estrella ubicada en el costado superior izquierdo desde la perspectiva del espectador.
En caso de colgarla en ventanas o balcones:
- Horizontal: la estrella debe ir en la esquina superior izquierda.
- Vertical: la estrella también debe quedar en la esquina superior izquierda, siempre vista de frente.
En edificios de departamentos, si el inmueble ya cuenta con una bandera correctamente izada, no es obligatorio que cada unidad instale la suya.
Uso durante el resto del año
Fuera de las fechas obligatorias, cualquier persona puede izar la bandera nacional sin necesidad de autorización, siempre y cuando se garantice el respeto al símbolo patrio y se cumplan las disposiciones reglamentarias.