La Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que modifica el Código de Procedimiento Civil para incorporar la medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles, en casos de arrendatarios morosos, destructivos o que no pagan los gastos comunes.
La propuesta fue abordada en dos votaciones en su idea de legislar: una respecto de sus normas generales, que se aprobaron por 102 votos a favor, dos en contra y diez abstenciones; y las de quórum especial, que se ratificaron por 108 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones. Por la misma votación se aprobó en particular.
La idea matriz de la iniciativa consiste en establecer un procedimiento más rápido para que el arrendador pueda, en los supuestos y con los requisitos que el proyecto establece, recuperar el bien raíz arrendado, a lo que se agrega obtener el pago de las sumas que por concepto del contrato de arrendiendo.
Transversalmente, los parlamentarios apoyaron la norma y recordaron los múltiples casos que han sido denunciados a través de los medios de comunicación, resaltando que se trata de un proyecto que busca ayudar en gran medida a adultos mayores que arriendan sus bienes para complementar sus bajas pensiones y que, muchas veces, se ven afectados por arrendatarios morosos, no solo en los arriendos sino, además, con los gastos básicos que, posteriormente, deben cancelar viéndose profundamente afectados.
Uno de los puntos centrales de este análisis tuvo relación con la medida que indica que las normas no serán aplicables bajo la vigencia de algunos de los estados de excepción constitucional establecidos en la Constitución, considerando una suerte de “choque de derechos” entre propiedad y salud.